miércoles, 13 de junio de 2007

 

Las Ficciones del falso Royalty.



..O la ficción de, ¿ mayores recursos para las regiones?.


En el último tiempo se ha reactivado el interés por el "impuesto específico a la minería" de la Ley 20.026, más conocido como royalty 2, interés que deriva del hecho que algunos parlamentarios están exigiendo al gobierno que entregue los mayores recursos que esta ley habría destinado a las regiones. Las exigencias de estos parlamentarios muestra un claro desconocimiento de esta ley, puesto que es pura ficción que esta ley permita al Fisco recaudar mayores recursos, y también es ficción que permita destinar estos recursos a las zonas mineras o a la innovación tecnológica.
Según lo que se ha sostenido en algunos medios de comunicación, durante el año 2006 las mineras privadas habrían pagado alrededor de 500 millones de dólares por concepto del mal llamado royalty 2(impuesto especifico a la actividad minera), y funcionarios de Hacienda corrigen esta cifra diciendo que se ha recaudado solamente 250 millones de dólares, porque durante 2006 y 2007 rige una disposición transitoria de la ley, que permite a estas empresas recuperar la mitad del royalty 2(impuesto especifico a la actividad minera) mediante un crédito de 50% sobre el impuesto a la renta.

Pero fuera del hecho que este año y el próximo se recaude sólo la mitad del royalty(impuesto especifico) que estas empresas declaran, tampoco es cierto que esta ley permita al Fisco captar más tributos que antes, por la siguiente razón. Antes de esta ley, las mineras extranjeras, salvo Escondida y Mantos Blancos, estaban acogidas a la invariabilidad tributaria del art. 11 bis del DL 600, que contemplaba un impuesto adicional a la renta de 42%, mientras que ahora gracias a la Ley 20.026, el impuesto adicional a la renta de estas empresas mineras es de 35% solamente, es decir, se rebajó en 7%. Nadie habla de esta rebaja, menos aún la prensa, la que sólo habla del nuevo impuesto específico, el que los parlamentarios de la Concertación saludan y celebran como un gran triunfo, e ignoran o fingen olímpicamente desconocer que este impuesto específico de 5%, se aplica previa una rebaja de 7% del impuesto a la renta. Peor aún, fingen ignorar que durante los años 2006 y 2007, se pagará solo 2,5% de royalty, gracias al crédito de 50%. Esto quiere decir que el Fisco recauda en total solo 37,5% sumando royalty 2 e impuesto a la renta, mientras que si no se hubiera aprobado el royalty 2(impuesto especifico a la actividad minera) captaría 42% de impuesto a la renta.

El único beneficio de esta ley se encuentra en el hecho que obliga a estas empresas a entregar sus balances a la Superintendencia de Valores y Seguros, y gracias a ello la prensa ha podido publicar que por el 5% de royalty 2(impuesto especifico a la actividad minera) estas empresas pagaron 500 millones de dólares durante el año 2006, lo que quiere decir que sus utilidades operacionales fueron de 10 mil millones de dólares. En base a esta cifra de utilidad operacional, podemos también calcular la base tributable del impuesto a la renta. En efecto, la base tributable del royalty 2(impuesto especifico a la actividad minera) es muy superior a la del impuesto a la renta porque se excluyen, entre otros gastos menores, los intereses financieros pagados a empresas relacionadas, que representan alrededor del 20% de los gastos totales, y se deducen también la parte de la depreciación acelerada que sobrepasa de la depreciación lineal, por lo que la utilidad líquida imponible debe ser a lo menos 30% inferior y situarse en los 7 mil millones de dólares solamente, por lo que por el año 2006 estas empresas deberían pagar 2.450 millones de dólares por el 35% de impuesto a la renta, lo que nos daría una tributación total de parte de las mineras extranjeras de 2.700 millones de dólares, al sumarle los 250 millones del royalty 2(impuesto especifico a la actividad minera).

Ahora calculemos. Si no se hubiera aprobado el royalty 2(impuesto especifico a la actividad minera), con esta utilidad líquida imponible de 7 mil millones de dólares, estas empresas deberían haber pagado 2.940 millones de dólares por el 42% de impuesto adicional a la renta, 240 millones de dólares más de lo que recauda el Estado después de aprobarse el royalty 2(impuesto especifico a la actividad minera). Esto quiere decir que durante el año 2006, gracias a esta ley, el Fisco está perdiendo 240 millones de dólares. Si durante el año 2007, se mantiene el precio del cobre y estas empresas declaran utilidades similares a las de 2006, el Fisco volverá a perder otros 240 millones de dólares. Solamente a partir del año 2008, podría existir la posibilidad que el Fisco pueda tener una recaudación tributaria similar a la que se habría recaudado sin el royalty 2(impuesto especifico a la actividad minera).

Por el año 2006 Codelco aportó al Estado 9.215 millones de dólares, sin embargo las mineras extranjeras, produciendo más del doble que Codelco, habrían pagado en total 2.700 millones de dólares, solamente sumando royalty(impuesto especifico a la actividad minera) e impuesto a la renta. Esto confirma una vez más, que la nacionalización del cobre es el mayor éxito económico de nuestra historia, y es además la prueba de lo innecesaria que ha sido la inversión extranjera en la minería.

La ficción de los nuevos recursos para la innovacion y las regiones

Ya ha quedado claro que una ficción que el royalty 2(impuesto especifico a la actividad minera) aporte nuevos recursos al Estado, lo único que ha cambiado es que una parte de esos tributos se le llama royalty(termino mal empleado y que contribuye a la tergiversacion). Ahora probaremos que también es una ficción que la Ley 20.026 haya acordado destinar parte de esos recursos a la innovación tecnológica y a las regiones mineras. Esto no está contemplado en esta ley, por la simple razón que el N° 20 del artículo 19 de la Constitución, prohíbe que los tributos que se recauden sean destinados a un fin determinado. Todo tributo debe ir a un fondo común, y sólo en la Ley de Presupuesto se pueden acordar recursos para esto o aquello. El royalty 2(impuesto especifico a la actividad minera) es un tributo y corre la misma suerte que el IVA y todos los demás impuestos que van al fondo común y no pueden estar afectos a un fin determinado.

Esta disposición constitucional la deben conocer muy bien los parlamentarios de zonas mineras que ahora reclaman mayores recursos para sus regiones, siendo que ellos mismos aprobaron la ley en la que no se destina un solo peso a la innovación y a las regiones mineras. Quizás estos parlamentarios se confundan con el primer proyecto de ley de royalty, el cual requería quórum de ley orgánica constitucional, y que fue rechazado por todos los parlamentarios de la UDI y de Renovación Nacional, salvo el ex diputado Carlos Vilches y el senador Carlos Cantero. Este proyecto era efectivamente un verdadero royalty minero, y por esta razón se podía destinar parte de él a las regiones mineras y a la innovación tecnológica, pero como fue rechazado por falta de quórum, quedó vigente solo la disposición que permitía destinar recursos a la innovación tecnológica y a las zonas mineras, pero este proyecto quedó durmiendo hasta la fecha, y de todas maneras no puede ser aprobado porque lo prohíbe la disposición constitucional ya mencionada.
Todo esto "lo saben muy bien los parlamentarios de zonas mineras" . Por ello, cuando exigen al gobierno mayores recursos para las zonas mineras, no están sino haciendo poses para la galería en vista de las próximas elecciones parlamentarias. Si ellos quieren que se destinen recursos a zonas mineras, deben exigirlo a la Presidenta de la República con la amenaza de no votar el próximo Presupuesto si dichos recursos no se destinan a las regiones mineras.


aporte de Julián Alcayaga, Economista del Comité de Defensa y Recuperación del Cobre

miércoles, 6 de junio de 2007

 

El cobre por las nubes y la cultura por el suelo.

Los siguientes antecedentes dejan de manifiesto la dedicacion que demuestra el gobierno para asignar recursos economicos al item cultura. La comparacion evidencia que a pesar de ser la capital minera del mundo,los aportes economicos a esta area son menos que insignificantes en relacion a otros paises.
Estos montos contrastan diametralmente con los infimos,pero publicitados 440 millones de pesos anunciados por el consejo regional de antofagasta a destinar en solo 37 proyectos culturales en la region(fondos no asignados en su totalidad).
A modo de ejemplo:
Chile - Venezuela
Inversion de Cultura año 2006, cifras en peso chileno.

Chile 9 mil millones de pesos
Venezuela 110 mil millones de pesos (454.744.100.000 de bolivares)

Datos extraidos de fuentes de gobierno de cada pais.


...aporte de Ignacio Cortez(estudiante).

 

Transantiago...necesidad popular?


Así de simple. Los 290.000.000 de dólares que el Estado inyectaría al Transantiago, divididos por el valor unitario de un bus, que son aproximadamente 50.000 dólares, se podrían adquirir 5.800 buses!!! El valor unitario de 50.000 dólares, es el valor promedio entre buses articulados y buses simples.
Este aporte del Estado chileno, es para cubrir la alta rentabilidad asegurada independiente de la cantidad de pasajeros de las empresas operadoras, rentabilidad que está comprometida en los contratos entre estas empresas y el Estado.
Dado que una parte de los buses actualmente en circulación son los antiguos buses amarillos, y en total se señala una flota de 5.600 buses, el aporte para mantener la parte privada del Transantiago cubre con creces el valor total actual de dicha flota.
La rentabilidad asegurada es tan elevada, que la depreciación no es solo ‘depreciacion acelerada’ en uno o dos años, sino que es una ‘depreciacion super acelerada’, ya que en unos meses recuperan la parte principal del capital físico del Transantiago.
“La proximidad intelectual e ideológica del actual ministro de Hacienda con el Transantiago es muy anterior a su nombramiento en la cartera. Velasco y el ex subsecretario de transporte afirmaban hace ya cinco años que el impacto político a una reforma radical al sistema de transportes en la capital podría ser aminorado gracias a la rentabilidad que garantizaba el revolucionario plan.
Es altamente rentable si se tiene presente que el valor del pasaje es tres veces superior al de la locomoción colectiva en Buenos Aires. En relación a México, el valor de los pasajes en Chile es cerca de cuatro veces el de México -considerando el promedio del valor del Metro y de los buses en Ciudad de México. El valor del pasaje en Santiago es similar al valor de los pasajes de locomoción colectiva de la mayoría de los países de Europa. Sin embargo el costo de operación del sistema público de locomoción en Europa es mucho más elevado, porque las remuneraciones del personal son mucho más elevadas. Además, los sueldos de los trabajadores en estos países son varias veces superiores a los sueldos en Chile.
El aporte del Estado al Transantiago es mucho mayor, alcanzando entre 600 y 700 millones de dólares. Con el aporte del Estado de 700 millones de dólares, se podría financiar no solo la flota completa de buses del Transantiago, sino que toda la infraestructura necesaria en las terminales, en los paraderos y en nuevos recorridos.
Chile tiene en el Metro un ejemplo de un sistema público altamente eficiente reconocida públicamente por muchos años, hasta antes del Transantiago. Incluso, los problemas de los últimos meses se han producido por apoyar la puesta en marcha del Transantiago que se impuso anticipadamente a pesar de las opiniones en contrario.
Las cifras y los hechos son categóricos. Chile debería ir a un sistema público y eficientemente administrado como lo fue el Metro.
Antofagasta debe estar alerta,ya que es una de las ciudades en la mira del gobierno para implementar un plan similar.

…aporte de los economistas Orlando Caputo y Gabriela Galarce.

This page is powered by Blogger. Isn't yours?

Suscribirse a Entradas [Atom]